Que todo trabajador que se encuentre contratado con Carácter Permanente o Eventual, tendrá que agregar a la solicitud de Préstamo Personal o de Emergencia la documentación que ampare la modalidad de contratación.
Si el trabajador es contratado con carácter eventual los préstamos personales y de emergencia, se otorgarán cuyo monto del mismo no exceda al monto total de sus cotizaciones las cuales presentará anexas a la solicitud.